Acreedor: es aquel que tiene acción o derecho de pedir el cumplimiento de alguna obligación. Sus derechos están reconocidos en las cuentas de pasivo del deudor. Alícuota: parte que mide exactamente a su todo. La parte alícuota es la que resulta de dividir algo en un cierto número de partes iguales. Análisis de riesgo crediticio: es el estudio que realiza el departamento interno del Banco sobre el perfil y la capacidad de repago de los clientes, y sobre la garantía del crédito. Amortización: es la parte de capital que se devuelve en cada cuota. Caja de ahorro: se trata de una cuenta de dinero a la vista, con libre disponibilidad de los fondos y con un interés mensual. Permite realizar depósitos en efectivo o en cheques, y extracciones sobre el saldo acreedor. Capital: es el dinero que el Banco le presta al cliente. No incluye intereses ni gastos administrativos. Codeudor: es quien presta conformidad firmando los instrumentos que perfeccionan el crédito (solicitud/contrato, pagaré, etc.) –de acuerdo a lo establecido en esta política sólo el cónyuge puede ser codeudor.
Comisión de originación: es la suma de dinero que cubre los gastos administrativos generados por el otorgamiento del crédito. Contrato de seguro: es el acuerdo por el cual el asegurador se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o cumplir una prestación convenida. Costo financiero total (CFT): es el porcentaje que refleja el costo anual del dinero prestado (intereses), más todos los gastos, comisiones, seguros e impuestos que debe pagar el deudor para el otorgamiento del crédito, o bien durante su vigencia. Cotitular: (cf. deudor hipotecario). Crédito: es el instrumento financiero que permite el acceso a determinados bienes (vivienda, electrodomésticos, automóviles, etc.), por parte de los distintos sujetos que intervienen en el mercado de bienes y servicios: empresas, individuos, bancos. Es la operación por la cual una entidad financiera se compromete a entregar una suma de dinero a un cliente recibiendo a cambio, después de un plazo acordado, esa suma más intereses. Crédito hipotecario: es el dinero que el Banco le entrega al cliente, a cambio de su compromiso de devolver ese monto más los intereses y la forma acordados, ofreciendo como garantía un inmueble.
Cuenta corriente: cuenta que permite emitir cheques sobre fondos propios o girar en descubierto; en principio no devenga intereses y permite recibir depósitos en cheque o efectivo. Aún si no tuviera acuerdo de sobregiro, presenta un riesgo crediticio derivado de la posibilidad de que el cliente emita cheques que superen los fondos que tiene en la cuenta corriente. Cuota pura: es la suma de dinero conformada por la cuota de capital más los intereses correspondientes. Cuota total: es la cuota pura, más los gastos. Dador de hipoteca: es el dueño del inmueble ofrecido como garantía del crédito. No necesariamente es el titular del crédito. Débitos automáticos: es un servicio que permite generar la cobranza periódica de servicios.
Deudor: es aquel a quien el Banco le otorga un crédito hipotecario.
Empleado: persona que trabaja en relación de dependencia (cf. independiente). Escritura de compra - venta: es el instrumento legal por el cual una persona se hace dueña o propietaria de un inmueble. En ella se describen todas las características legales y técnicas de la propiedad. Fiador: Es la persona responsable por el cumplimiento de las obligaciones de terceros. Garante: (cf. fiador) Garantía: es el bien que el tomador del crédito ofrece al banco como aval del mismo. En el caso de que ese bien sea un inmueble, el crédito tendrá garantía hipotecaria. Gastos de administración: suma que podrá cobrar la empresa por los diversos actos que realice, para la consecución de los fines del sistema que se fijara oportunamente. Gastos financieros: todos aquellos gastos originados como consecuencia de financiarse con recursos ajenos. Gastos notariales: son los gastos e impuestos que la ley dispone para las operaciones inmobiliarias. Gravamen: carga que se hace sobre un bien, como forma de garantizar el pago de lo debido. Hipoteca: es el derecho real constituido que obtiene quien otorga un crédito sobre un bien inmueble.
Hipoteca de primer grado: es un crédito garantizado con un inmueble que no posee otra hipoteca vigente. Hipoteca de segundo grado: es el préstamo hipotecario que se otorga sobre una propiedad que ya es garantía de otro crédito hipotecario. La mayoría de los Bancos no otorgan este tipo de hipotecas. Honorarios de escribanos: es el monto que perciben los escribanos por realizar la escritura de compra venta y/o el mutuo hipotecario; es del 1%. Independiente: persona cuya actividad laboral no se desarrolla en relación de dependencia –más allá de su condición frente a la AFIP (cf. empleado). Informe de tasación: es el informe que se emite una vez realizada la tasación de un inmueble, y en donde se dictamina el valor de la propiedad. Integrante [de una solicitud]: se trata de aquel que requiere ser titular, cotitular, deudor, codeudor, o garante del producto [o del conjunto de productos] solicitado, ya sea porque pida serlo o porque lo sea ya [en el caso de incremento de líneas de crédito] (cf. solicitante). Letra hipotecaria: es un título valor con garantía hipotecaria. Letra hipotecaria escritural: son las letras hipotecarias inscriptas en la Caja de Valores. Esta inscripción se realiza a nombre del titular. Línea de crédito: acuerdo de sobregiro en cuenta corriente / límite de compra en tarjeta de crédito. Modelo de puntuación: modelo que otorga un puntaje al solicitante en función de los datos declarados e ingresados en la consulta de Veraz Experto. Sirve para identificar perfiles riesgosos y para adecuar el crédito al riesgo que, de acuerdo al modelo, comporta el solicitante. Mutuo Hipotecario: es el instrumento legal en el cual constan todas las características del crédito solicitado, formas de pago, derechos y obligaciones de las partes, y la descripción del bien o inmueble puesto como garantía del préstamo. Plazo: período de tiempo fijado para el cumplimiento de una obligación o para la realización de un acto. Plazo inicial: es el período acordado con el banco (institución o persona) que le otorga el crédito, en el cual alguien se compromete a pagar cuotas consecutivas para la cancelación de la deuda. Plazo restante: es el período que queda para saldar el total de la deuda. Préstamo: contrato por el que una de las partes entrega a la otra dinero u otra cosa fungible, con la condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad. Habitualmente lleva consigo el pago de interés. Productos de riesgo: cuenta corriente (con o sin acuerdo de sobregiro) / tarjeta de crédito / préstamo personal / préstamo prendario / préstamo hipotecario. Productos sin garantía: cuenta corriente (con o sin acuerdo de sobregiro) / tarjeta de crédito / préstamo personal. Solicitante: persona que requiere ser titular o deudor del producto [o del conjunto de productos] solicitado, ya sea porque pida serlo o porque lo sea ya [en el caso de incremento de líneas de crédito] (cf. integrante). Solicitud: escrito o conjunto de escritos, formal y adecuado a las normas del Banco, a través del cual un individuo [o grupo de individuos] pide crédito y/o productos de riesgo. Tarjeta de compra y crédito: la tarjeta de crédito permite, además de efectuar compras, financiar parte de los consumos. Tarjeta de crédito: es un instrumento de pago que permite efectuar compras sin uso de dinero en efectivo, pudiendo pagar en forma diferida los consumos, con la posibilidad de financiar los mismos. Tasa de interés: es el porcentaje que el banco le cobra al titular del crédito por adelantarle el dinero. Tasa Fija: es una tasa de interés que se pacta al inicio del crédito y se mantiene constante durante toda la vigencia del préstamo. Tasa Variable: es una tasa de interés que se ajusta en períodos determinados por un patrón establecido, pudiendo subir o bajar dentro de ciertos límites delineados y modificando en forma directa el importe de las cuotas (la parte de los intereses). Tasación: sistema por el cual se determina el valor de mercado (cf. valor venal) de una propiedad, a partir de ese valor se asigna el porcentaje de financiación. Titular: ver deudor hipotecario. Transferencia: es un servicio que le permite al cliente enviar al beneficiario el monto que desee, estableciendo los datos y la sucursal donde se percibirá el mismo. Valor de la garantía: es la valuación que se establece para el inmueble, y que será la garantía del crédito. La tasación del inmueble es la que determina el valor de la garantía. Valor de mercado: es el precio más probable por el cual una propiedad sería vendida en un mercado competitivo y abierto en todas las condiciones necesarias Valor venal: es el valor de mercado de una propiedad. Valuación: es la determinación del precio más probable que obtendría el inmueble en una venta realizada en condiciones normales y equilibradas. Veraz: es un sistema de intercambio de información positiva y necesaria para la toma de decisiones crediticias. Contiene la historia crediticia del solicitante, el uso que ha hecho del crédito, cumplimientos, incumplimientos, y créditos que ha obtenido, entre otros datos. |