Personas - Inversiones Plazo Fijo

Requisitos para no clientes

Argentino o extranjero con residencia
permanente en el país

Mayores de 18 años

Cuenta activa en otro banco
del sistema financiero argentino

Preguntas frecuentes

El Plazo Fijo es un tipo de depósito bancario renumerado mediante una retribución convenida entre la entidad depositaria y sus clientes. Consiste en la entrega de una suma de dinero a la entidad financiera durante un término de tiempo establecido en el contrato.
El inversor coloca los fondos a un determinado plazo y con una tasa establecida con el fin de obtener un interés. No existe libre disponibilidad de los fondos hasta el vencimiento de la operación, excepto que se trate de un Plazo Fijo Precancelable.

Si ya sos cliente, podés realizar tu Plazo Fijo desde Home Banking o Banca Móvil.

Podés renovar tu Plazo Fijo por todos estos canales:

  • Por Home Banking, opción “Inversiones”.
  • Por Banca Móvil, desde tu celular.
  • Por la TAS en la sucursal más cercana.
  • Por teléfono al 0810-222-7777.

Recordá que al momento de realizar la constitución de un Plazo Fijo, podés elegir que la renovación sea automática.

  • Se puede invertir desde $1.000 a un plazo mínimo de 30 días.
  • Tenés diferentes opciones según el dinero y el tiempo que quieras invertir.
  • Existen opciones para invertir en pesos y en dólares.
  • Administrarlos es muy simple porque lo podés hacer por HB, APP BH o en la sucursal más cercana.

Podés simularlo desde HB o App BH.

PUBLICIDAD – CARTERA CONSUMO. OFERTA VALIDA EN LA REPUBLICA ARGENTINA. CONSULTÁ LAS TASAS VIGENTES EN LOS CANALES HABILITADOS POR EL BANCO AL MOMENTO DE REALIZAR LA OPERACIÓN. LOS DEPOSITOS EN PESOS Y EN MONEDA EXTRANJERA CUENTAN CON LA GARANTIA DE HASTA $ 25.000.000. EN LAS OPERACIONES A NOMBRE DE DOS O MAS PERSONAS, LA GARANTIA SE PRORRATEARÁ ENTRE SUS TITULARES. EN NINGUN CASO, EL TOTAL DE LA GARANTIA POR PERSONA Y POR DEPOSITO PODRA EXCEDER DE $ 25.000.000, CUALQUIERA SEA EL NUMERO DE CUENTAS Y/O DEPOSITOS. LEY 24.485, DECRETO No 540/95 Y MODIFICATORIOS Y COM. “A” 2337 Y SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS. SE ENCUENTRAN EXCLUIDOS LOS CAPTADOS A TASAS SUPERIORES A LA DE REFERENCIA CONFORME A LOS LIMITES ESTABLECIDOS POR EL BANCO CENTRAL, LOS ADQUIRIDOS POR ENDOSO Y LOS EFECTUADOS POR PERSONAS VINCULADAS A LA ENTIDAD FINANCIERA.